Instructivo para la generación de Boletas de Deposito correspondientes al Fondo Asistencial y Cuota Gremial

 

  1. Para comenzar, se deberá ingresar como usuario el número de comercio que el gremio le asignó al momento de la inscripción y la C.U.I.T de comercio como clave de ingreso(Ej. Nro. de comercio 1432 le corresponde el usuario 1432 y contraseña  30346758761).
  2. La primera vez que el comercio ingrese, deberá confirmar sus datos en la página siguiente al login. En esta página el comercio puede y “DEBE” cambiar su contraseña de ingreso para mayor seguridad.

Luego de presionar en botón “Enviar” se registrarán los cambios que el comercio efectuó. En caso de ser necesaria una nueva modificación, deberá seleccionar la opción Datos Empresa.

  1. A continuación aparecerá el Paso1 de la Registración donde se deberán informar los periodos a declarar.

·         Si usted está al día, el periodo correspondiente al Fondo Asistencial (2%) coincidirá con el último mes de sueldos abonado, mientras que el periodo de Cuota Gremial corresponde al mes siguiente.

·         Si su situación es distinta, podrá declarar los periodos que adeuda para efectuar la boleta correspondiente. En tal caso, se le calcularán los Intereses Compensatorios que correspondan. 

  1. Luego de informar los periodos a declarar, presionando el botón “Paso 2” aparecerá la pagina donde se deberán informar los siguientes datos:

                       Fecha de Pago

                       Cantidad de Empleados y Total de Remuneraciones

Cabe aclarar que el vencimiento correspondiente al 2% se estipulará el día 15 de cada mes ya que a partir del 16 empezarán a correr los intereses que serán del 2% mensual.

Luego de informar estos datos la pagina le calculará los importes correspondientes a cada boleta, siendo el 2% sobre el Total de Remuneraciones declarado para el Fondo Asistencial y la cantidad de empleados asociados al gremio por el importe de la cuota societaria para la boleta de Cuota Gremial. En el caso en que en el mes a generar las boletas hallan empleados de baja (debera presentar por la sede sindical nota solicitando la baja del afiliado, adjuntando contancia de la afip, o por via mail) o de licencia, el operador deberá tildar estos afiliados en la opción que corresponda.  Del 1 al 6 de cada mes se deberán realizar las bajas correspondientes ya que pasado éste día quedarán fijos los empleados declarados. Solamente se podrán notificar las bajas del mes en curso. La función de tildar los casilleros producirá un recalculo de los importes a depositar en concepto de boleta gremial. Le recordamos que la acción de dar de Baja o Licencia esta reglamentado según Ley 24642 Art. 6º.

En el caso de que la empresa no tuviera empleados asociados al gremio, los valores correspondientes a los pagos de cuotas gremiales aparecerán en cero.

Si en el listado de los empleados asociados al gremio aparecen empleados que ya se dieron de baja o que están con Licencia por Maternidad, se deberá tildar el casillero que corresponda para cada caso, descontándose así los importes correspondientes.

      Presionando el botón “terminar” se confirmarán los importes declarados y la pagina automáticamente abrirá dos PopUp, uno para cada boleta de deposito, llamando al cuadro de dialogo de Impresora para imprimir las boletas generadas. Es importante que el navegador que se este usando “NO TENGA BLOQUEDOS LOS POPUP” para el sitio www.secsanjuan.com

Para finalizar, la ultima pagina le dará la posibilidad de volver a imprimir las boletas presionando el link “presione aquí.

El botón Nueva DDJJ brinda la posibilidad de generar nuevas boletas para nuevos periodos o de modificar las ya generadas para volver a imprimirlas, en cuyo caso aparecerán como Rectificativo1, Rectificativo2, etc.

 

 

NOTA: A partir del 01/06/2010 será obligatorio generar la boletas de Fondo Asistencial y Cuota Gremial a través de la página web del sindicato: www.secsanjuan.com para su posterior depósito. Además, el Banco de San Juan comunica que recibirá solo en casos muy extremos el formato de boletas actual hasta el día 30/06/2010 inclusive.

Por dudas o consultas: Miguel Rius cel: 2644989112