Diferencias entre Día Feriado y Día No Laborable

La ley 20744 de Contrato de Trabajo, establece que serán feriados nacionales y días no laborables los establecidos en el régimen legal que los regule. Actualmente, en nuestro país los feriados están fijados por la ley 27.399.

El Feriado nacional es el día en que por ley, y con motivo de una celebración o festividad de carácter cívico o religioso, no se trabaja en todo el ámbito del país.  En los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. Por lo tanto el trabajador no está obligado a prestar servicios, y solo podría hacerlo como excepción.

En cambio, en los días no laborables, el trabajo es optativo para el empleador, excepto para bancos, seguros y actividades afines. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple. Y en caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador.

Entonces, hasta aquí los días feriados y los días no laborables están establecido por ley, en el caso de los feriados el empleador no está obligado a prestar servicios y en los días no laborables es el empleador que tiene la opción de trabajar o no.

Forma de pago de días feriados y días no laborables

Respecto al pago, también tenemos diferencias entre feriados y días no laborables. Si bien ambos días son pagos, la forma de cálculo es diferente, sobre todo cuando se trabaja en esos días. Veamos:

Pago del Feriado trabajado

Los feriados, se trabajen o no, son pagos. Además, la ley establece que los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aún cuando coincidan en domingo.

En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. Es decir que se paga doble.

Pago del Feriado no trabajado

En el caso de no trabajar un feriado, el empleado igual recibirá el pago de ese día. Pero en este caso, la forma de cálculo como los días de licencias por vacaciones. Es decir que para el caso de los mensualizados, la determinación del valor día se hace en base 25. Lo que general un plus sobre el valor del día normal, lo que se conoce como «plus por feriado.»

En el caso de personal a destajo, se tomará como salario base el promedio de lo percibido en los 6 días de trabajo efectivo inmediatamente anteriores al feriado, o el que corresponde al menor número de días trabajados.

Para el caso de remuneración variable, se tomará el promedio de los últimos 30 días trabajados con anterioridad al feriado.

Pago de día no laborable

Se trabaje o no en un día no laborable, el pago es el mismo, se paga como un día normal. No se paga doble el día no laborable en caso de trabajarlo.

Por último, existen días no laborables sólo para quienes profesen la Religión Judía, el Pesaj,  Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán, Año Nuevo Judío y Año Nuevo Islámico.

 


8 de julio

8 de julio

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